DEVOLUCIONES DE IMPUESTOS CAPRICHOSAS EN EL SAT

La aplicación que utiliza el  SAT, tiene muchas áreas de oportunidad, toda vez que  indica el saldo a favor y el contribuyente solicita la devolución. Después el sistema da aviso que se encuentra en proceso de pago, pero al revisar sólo se está depositando una parte o un porcentaje del total que se tiene presupuestado.

Ante estos supuestos procede la inconformidad ante el fisco federal, pero las resoluciones no dan respuesta sobre cómo recuperar el monto restante.

No hay que dejarlo pasar, si el Servicio de Administración Tributaria sólo regresa una parte del saldo a favor, se puede y debe exigir el remanente que  corresponda por concepto de devolución de impuestos.

Este año, el SAT se comprometió a simplificar la tributación con las declaraciones prellenadas y agilizar la devolución de saldos a favor, sin embargo, se han presentado varios casos en los que esto no sucede y además, el fisco ofrece una propuesta por debajo de los cálculos del contribuyente o una resolución  incompleta del monto esperado.

Si el monto a devolver es menor del que corresponde, el contribuyente debe esperar a que se libere el pago para reclamar el resto, lo que tardaría de treinta a cuarenta días. Así que precede  esperar a que se libere el pago y solo entonces podemos solicitar en una declaración complementaria la diferencia declarando lo que ya se pagó o ingresando la solicitud de devolución manual a través del portal cargando los recibos de nómina y también nuestros comprobantes de deducciones para que proceda toda revisión.

En muchas ocasiones la Autoridad  no hace válidas las deducciones porque los comprobantes no cumplen los requisitos exigidos, pero el fisco debe dar más información.

Tiene la obligación la autoridad de notificar al contribuyente mediante el Buzón Tributario en qué consistieron las diferencias o las omisiones. Por ejemplo presentar una queja en un escrito libre en el buzón tributario del SAT, con detalle de ingresos no reconocidos o presentar queja ante la PRODECON, esto último servirá de antecedente al solicitar la devolución de impuestos al haber presentado su declaración de impuestos de manera manual y otra opción directa será acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Otro ejemplo de lo ya señalado es en una declaración en ceros, si no aparecen ingresos ni deducciones en la declaración preestablecida, se tendrá que presentar de forma manual, adjuntando los archivos XML de todos sus comprobantes de ingresos y deducciones personales.

Si existe una devolución parcial. En el Buzón Tributario hay  que solicitar  trámites eligiendo  la opción de “Solicitud de Devolución”. Completando los campos y redactando la solicitud del remanente de saldo a favor y adjuntando los archivos XML de todos los comprobantes de ingresos y deducciones personales.

Debemos estar informados de las formas de aclarar nuestras declaraciones y de la propia normatividad interna del SAT de ser posible, de lo contrario se estará dando toda la razón a la autoridad fiscal, recordemos que el silencio o la omisión es consentimiento de los actos de la Autoridad fiscal.

Por.  Lic. Esp. Fernando Arias Tapia.